31 Enero 2024
Modificación Reglamento Interno FFMM Santander Monetario y Renta Corto Plazo

Preocupados por mantenerlo informado y en búsqueda de entregarle cada día mejores servicios y productos, le indicamos las modificaciones incorporadas al reglamento interno de algunos fondos mutuos administrado por Santander Asset Management S.A. Administradora General de Fondos (la “Administradora”).
¿Cuáles son los fondos involucrados?
Los fondos involucrados son el Fondo Mutuo Santander Monetario y el Fondo Mutuo Santander Renta Corto Plazo.
¿En qué consisten las modificaciones?
Las modificaciones introducidas tienen relación con el aumento de los montos mínimos de inversión de algunas series de los fondos mutuos involucrados. Según se detallará más adelante, algunas series aumentarán el monto mínimo de ingreso requerido. Usted podrá mantener los saldos que mantiene en cada serie, pero nuevos aportes deberán cumplir con el nuevo monto mínimo requerido.
Además, se cambia el valor cuota para la conversión de aportes del Fondo Mutuo Santander Renta Corto Plazo.
A continuación encontrará el detalle de las modificaciones.
¿Cuándo comienzan a regir las modificaciones?
Los nuevos reglamentos internos, que contienen las modificaciones señaladas, fueron depositados en la Comisión para el Mercado Financiero el 31 de enero de 2024. Por lo tanto, éstas comenzarán a regir a partir del 1 de marzo de 2024.
¿Puedo rescatar las cuotas sin cobro de comisión?
Conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del fondo, si lo desea, Ud. tendrá derecho a rescatar sus cuotas suscritas, sin cobro de comisión de salida desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 1 de marzo de 2024.
¿Cuál es el detalle de las modificaciones?
Para el Fondo Mutuo Santander Monetario:
Título VI. SERIES, REMUNERACIONES, COMISIONES Y GASTOS.
Numeral VI.1. Series: aumenta el monto mínimo de la serie Inversionista y se modifican los fondos que forman parte del Saldo Consolidado, quedando ambos puntos de la siguiente manera:
Denominación | Requisitos de ingreso | Valor cuota inicial | Moneda en que se recibirán los aportes y pagarán los rescates | Otra Característica relevante |
Inversionista | Aportes efectuados por inversionistas que tengan un saldo consolidado por montos iguales o superiores a $30.000.000. | $1.000 | Pesos de Chile |
|
Para los efectos de este fondo, se entenderá por Saldo Consolidado el monto de inversión que realiza el Partícipe más el resultado de la sumatoria de las distintas inversiones registradas al día anterior de la inversión en los fondos mutuos denominados Fondo Mutuo Santander Money Market y Fondo Mutuo Santander Monetario. Si un Partícipe disminuye el monto mínimo exigido en la respectiva serie, por rescate o valorización, para poder volver a invertir en la serie, deberá cumplir con la condición de Saldo Consolidado mencionado anteriormente.
Para el Fondo Mutuo Santander Renta Corto Plazo:
Título VI. SERIES, REMUNERACIONES, COMISIONES Y GASTOS.
Numeral VI.1. Series: se aumenta el monto mínimo de la serie Inversionista y Ejecutiva, quedando de la siguiente manera:
Denominación | Requisitos de ingreso | Valor cuota inicial | Moneda en que se recibirán los aportes y pagarán los rescates | Otra Característica relevante |
Inversionista | Aportes por montos iguales o superiores a $30.000.000. | $1.000 | Pesos de Chile | |
Ejecutiva | Aportes efectuados por inversionistas que tengan un saldo consolidado por montos iguales o superiores a $250.000.000 | $1.000 | Pesos de Chile |
Título VII. SUSCRIPCIÓN, RESCATES Y VALORIZACIÓN DE CUOTAS.
Numeral VII.2. Valor cuota para la conversión de aportes: se modifica el texto quedando de la siguiente manera:
“VII.1.2. Valor cuota para la conversión de aportes: Para efectos de la conversión de los aportes se utilizará el valor cuota correspondiente al mismo día de la recepción del aporte si éste se efectuare antes del cierre de operaciones del fondo o al valor de la cuota del día siguiente, si el aporte se efectuare con posterioridad a dicho cierre.”
Santander Asset Management S.A. Administradora General de Fondos